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18 jul 2025

“CURP BIOMÉTRICA” - LO QUE DEBES SABER SE OFICIALIZA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

En su edición vespertina del 16 de julio de 2025, se publica en el DOF el Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Población, cuyo objetivo es la creación de una CURP Biométrica obligatoria y la creación de una Plataforma Única de Identidad.

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Conforme la Ley General de Población, se define a la CURP como la fuente única de identidad para personas mexicanas y extranjeras con estancia regular, compuesta por una secuencia alfanumérica de 18 caracteres, e integrada con datos personales básicos y se establece la CURP

Biométrica como el documento nacional de identificación obligatorio, universal y de aceptación legal en todo el país, disponible en formato físico y digital, el cual incorpora huellas dactilares y fotografía.

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La Plataforma Única de Identidad será la herramienta centralizada para la consulta, validación y gestión de CURP con datos biométricos, destinada a brindar el Servicio Nacional de Identificación Personal. Con la creación de la CURP Biométrica se obliga a todos

los entes públicos y privados su utilización, para validar la identidad en medios digitales y como requisito indispensable para trámites y servicios.


La Plataforma Única de Identidad, estará centralizada y coordinada por la Secretaría de Gobernación, y conectada a registros del Banco Nacional de Datos Forenses y el Registro Nacional de Personas Desaparecidas.


Beneficios Esperados

▪ Fortalecimiento de la identidad legal: La CURP biométrica permitirá dotar a todas las personas de una identidad unívoca, incluso a menores de edad y personas en situación de vulnerabilidad, como personas migrantes o sin acta de nacimiento.

▪ Prevención de fraudes y suplantación: La inclusión de huellas dactilares y fotografía de alta resolución dificulta su duplicación o falsificación, contribuyendo a combatir delitos como la usurpación de identidad, fraudes financieros y registros duplicados.

▪ Facilitación de trámites y servicios públicos: Un sistema estandarizado de identidad permitirá automatizar la validación en trámites gubernamentales y privados, desde servicios de salud hasta procesos judiciales, migratorios y educativos.

▪ Búsqueda de personas desaparecidas: La interconexión con bases de datos forenses y de seguridad, activaría alertas automáticas y búsquedas inmediatas.

▪ Universalidad y portabilidad: El formato digital habilita el uso remoto, móvil y en línea del documento, lo que es útil en comunidades

marginadas o en procesos de atención social descentralizada.


Posibles Riesgos

▪ Vulneración del derecho a la

privacidad: La integración de datos biométricos en una base centralizada con acceso por múltiples autoridades genera un riesgo latente de filtraciones, mal uso o vigilancia masiva no autorizada.

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▪ Exclusión digital: La obligatoriedad del uso en medios digitales puede marginar a personas sin acceso a tecnologías, internet o educación digital, especialmente en zonas rurales o entre poblaciones indígenas.

▪ Centralización del poder de identificación: La concentración de funciones de validación de identidad en una sola plataforma puede convertir al Estado en el único árbitro del acceso a derechos fundamentales, incluyendo salud, justicia y seguridad social.

Obligatoriedad coercitiva: Aunque el texto prevé el consentimiento del titular para la integración de datos biométricos, en la práctica el carácter obligatorio del documento en todos los trámites puede traducirse en una presión indirecta a la población para entregar datos sensibles sin garantías suficientes.


Plazos de Implementación y Trámite

Conforme la publicación del Decreto, la reforma entra en vigor el 17 de julio de 2025 y contempla los siguientes plazos:


▪ Plazo de 90 días (15/10/25) para que la Secretaría de Gobernación desarrolle la Plataforma Única de Identidad; todas las autoridades habiliten los mecanismos de consulta y transferencia de datos biométricos y; los entes públicos y privados implementen la CURP como requisito en sus trámites y servicios.

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▪ Plazo de 120 días (14/11/25) para establecer el Programa de Integración de datos biométricos de niñas, niños y adolescentes, con participación obligatoria de las autoridades de los tres órdenes de gobierno.

▪ El trámite será gratuito, estará disponible (entre octubre y noviembre de 2025) para toda la población mexicana sin importar la edad, los interesados deberán acudir al Registro Civil con: Identificación oficial vigente (INE, pasaporte o cartilla); CURP certificada; Acta de nacimiento; Comprobante de domicilio; Correo electrónico válido.


Nota: Si bien el INE seguirá vigente para fines electorales, dejará de ser el

documento principal para trámites. La CURP biométrica será el único identificador oficial para trámites públicos y privados, y eventualmente sustituirá al INE como documento funcional de identificación.


Link → Diario Oficial de la Federación


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